La Gerencia de Asesoría Jurídica, es la encargada de orientar al administrado en todo lo relacionado al Procedimiento de Separación y Divorcio regulado por la Ley Nº 29227, para lo cual, ponemos a su disposición los archivos que contienen los requisitos, y la totalidad de los documentos en formatos diseñados para brindarle el servicio que usted espera de nosotros.
El Ministerio de justicia y Derechos Humanos, mediante Resolución Directoral N° 162-2015-JUS/DGJC del 16 de setiembre de 2015, autorizó y acreditó a la Municipalidad de San Isidro, para llevar a cabo el procedimiento no contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior.
Atención previa cita, comunicándose al 5139000, anexo 1322.
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… | Solicitud escrita dirigida al alcalde, expresando la decisión de separarse. |
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Debe consignar nombres completos, documento de identidad, el reciente domicilio conyugal, con la firma y huella digital de cada uno de los cónyuges. Asimismo, el domicilio de cada cónyuge donde serán notificados. | |
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En dicha solicitud, deberá constar, además, si los cónyuges son analfabetos o se encuentran imposibilitados de firmar por alguna incapacidad física. | |
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Copias simples y legibles de los documentos de identidad de ambos cónyuges y de los representantes legales de ser el caso. | |
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En caso que los cónyuges designen apoderados, deberán anexar Poder por escritura pública y copia certificada de su inscripción en Registros Públicos, con facultades específicas para su representación en el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior ante la Municipalidad. | |
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Copia certificada del acta o de la partida de matrimonio, expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. | |
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Declaración jurada del último domicilio conyugal, de ser el caso, suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges. |
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COSTO: S/. 400.00
REQUISITOS RELACIONADOS CON LOS HIJOS
a. En caso de no tener hijos menores o mayores con incapacidad: Declaración jurada, con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges.
b. En caso de tener hijos menores:
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… | Copia certificada del acta o de la partida de nacimiento expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. |
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Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación, respecto de los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y visita de los hijos menores. | |
c. En caso de tener hijos mayores con incapacidad
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… | Copia certificada del acta o de la partida de nacimiento, expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. |
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Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la curatela, alimentos y visitas de los hijos mayores con discapacidad. | |
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Copias certificadas de las sentencias judiciales firmes que declaren la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombran a su curador. |
REQUISITOS RELACIONADOS CON EL PATRIMONIO
a. | … | En caso no hubiera bienes, declaración jurada, con firma e impresión de la huella digital de cada uno de los cónyuges, de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales. |
b. | En caso se haya optado por el régimen de separación de patrimonios, presentar el Testimonio de la Escritura Pública inscrita en Registros Públicos. | |
c. | En el supuesto que se haya sustituido el régimen de la sociedad de gananciales por el de separación de patrimonios o se haya liquidado el régimen patrimonial, se presentará el Testimonio de la Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos. | |
Pueden acogerse los cónyuges que, después de transcurridos dos (2) años de la celebración del matrimonio en la Municipalidad de San Isidro, deciden poner fin a dicha unión mediante separación convencional y divorcio ulterior. También podrán acogerse a este trámite los cónyuges que hayan tenido su último domicilio conyugal en el distrito de San Isidro.
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… | Solicitud de disolución del vínculo matrimonial dirigida al alcalde, presentada por cualquiera de los cónyuges. |
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Debe consignar nombre, documento de identidad y firma del solicitante, indicando el número de la resolución que declara la separación convencional. | |
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Se procederá a la firma a ruego en el caso de que el solicitante sea analfabeto, no pueda firmar, sea ciego o adolezca de otra discapacidad, sin perjuicio de que impriman su huella digital o grafía, de ser el caso. |
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COSTO: S/. 274.30
El Proceso No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior se regula por la LEY 29227 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2008-JUS. Descargar norma .
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… | Presentada la solicitud, se verifica el cumplimiento de los requisitos presentados. (*) |
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Con el visto bueno del área responsable, se procede a notificar la fecha y hora de la Audiencia Única, donde los cónyuges reiteran o no su voluntad de separarse. (**) | |
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Luego de la Audiencia, se procede a emitir la Resolución de Alcaldía declarando la Separación. | |
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Transcurridos dos meses de notificada la Resolución de Separación, se presenta la solicitud de disolución de vínculo matrimonial, luego de lo cual se emite la Resolución de Alcaldía declarando disuelto el vínculo matrimonial y se dispone su inscripción respectiva. | |
(*) De no reunir la solicitud los requisitos exigidos se dará por concluido el procedimiento.
(**) Si en la Audiencia señalan voluntad de no separarse o se da la inasistencia en dos audiencias, se dará por concluido el procedimiento.
Representación mediante apoderado
Los cónyuges podrán otorgar poder por escritura pública, con facultades específicas para su representación en el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior, el cual deberá estar inscrito en los Registros Públicos.
Importante
Se presume que todos los documentos y las declaraciones vertidas por los cónyuges responden a la verdad de los hechos, en virtud del “Principio de Presunción de Veracidad” contenido en la Ley 27444, lo que no enerva a imputar posteriormente las responsabilidades civiles, penales y administrativas a que hubiera lugar, si se detectará la falsedad de los documentos presentados o de las declaraciones consignadas.
Documentos y formatos
5139000 anexo 1322.
Escríbenos al correo fabiola.carrera@munisanisidro.gob.pe
Municipalidad de San Isidro (Lima - Perú)
Plataforma de Atención al Vecino. Calle Augusto Tamayo N° 180
Versión: Español
Central: [511] 513-9000 / Alerta San Isidro: [511] 319-0450 / Aló Rentas: [511] 513-9001