10% sobre el monto anual de arbitrios para aquellos contribuyentes que cancelen la totalidad de sus tributos (Impuesto Predial y Arbitrios) dentro de la fecha establecida para el primer vencimiento, por cualquiera de los canales de pago.
Beneficiarios
Persona natural obligada al pago de Impuesto predial del ejercicio 2018.
Propietaria de por lo menos un predio destinado a casa habitación.
Condiciones
Descuento sólo aplica respecto de predios con uso casa habitación.
No registren deudas ni fraccionamientos de años anteriores (Impuesto Predial, Arbitrios, Derecho de Emisión, costas y gastos procesales y multas tributarias).
Cumplen la condición aquellos que gocen de exoneración parcial de Arbitrios.
Plataforma de Atención al Vecino
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Información Tributaria
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