La marcha blanca que culminaba este 20 de noviembre ha sido extendida por quince días adicionales de acuerdo al Decreto de Alcaldía Nro 016 -2019 de la Municipalidad de San Isidro. Nos referimos a la ordenanza que regula el uso y operación de vehículos de movilidad personal como los scooters eléctricos.
La suspensión de las sanciones fue tomada con el objetivo de que las campañas de educación vial y sensibilización obtengan un mayor alcance; y para que las empresas prestadoras de este tipo de servicio puedan adecuar su sistema a la ordenanza municipal.
Cabe recordar que esta regulación municipal tiene como finalidad el uso responsable de estas unidades, respetando a los peatones, sin generar obstáculos, ni molestias en las vías, ni espacios públicos.
Los usuarios que se desplacen en estos scooters deben ser mayores de edad y están obligados a cumplir el uso del casco, no circular por la vereda, no circular a una velocidad mayor de 25 km /h, no ir vías metropolitanas, no llevar personas ni grandes bultos, no pueden estacionarse en ningún lugar que afecte el libre tránsito peatonal, y solo se permitirá una persona por cada vehículo. Los usuarios tampoco pueden realizar maniobras bruscas o temerarias.
Las obligaciones de la(s) empresa(s) que brinden el servicio de alquiler de vehículos de movilidad personal son las siguientes: contar con seguro de accidentes, las unidades deberán contar con timbre, y colaborar con la Municipalidad de San Isidro a fin de facilitar el acceso de manera permanente y continua a sus sistemas, programas y/o aplicaciones, empleadas para la gestión y monitoreo del servicio ofertado.
¡San Isidro, distrito pionero en educación vial!