La norma estipula multas de hasta S/4,200 y clausura de establecimientos.
La Municipalidad de San Isidro aprobó la Ordenanza N° 501-MSI, que previene y prohíbe el acoso sexual en contra de cualquier persona que haga uso de los espacios públicos del distrito; y sanciona a todo aquel que realice comportamientos físicos o verbales indebidos.
La norma prohíbe realizar todo tipo de comentarios, insinuaciones, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de índole sexual. Así también, sanciona actos de tocamientos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación, exhibicionismo y/o mostrar partes íntimas.
“Con esta Ordenanza, San Isidro le dice alto al acoso sexual en nuestra jurisdicción. Buscamos promover una cultura de respeto hacia la persona y erradicar definitivamente conductas de intimidación y hostigamiento. Queremos que en San Isidro, nuestros vecinos y amigos puedan caminar libres y sin temor”, señaló el alcalde Augusto Cáceres.
De igual manera, las sanciones administrativas recaerán sobre el titular, conductor o propietario de establecimientos, obras en proceso de construcción y empresas de transporte público que permitan o toleren estos actos.
Las multas por cometer estas infracciones alcanzan el 100 por ciento de una UIT, equivalente a 4,200 soles. Asimismo, el municipio clausurará el local o paralizará la obra, según corresponda.
La Municipalidad de San Isidro, a través del Serenazgo del distrito, prestará auxilio y protección a la víctima de acoso sexual en espacios públicos, ejecutando operaciones de patrullaje integral, garantizando la tranquilidad, seguridad y supervisando el cumplimiento de la norma.
En ese sentido, se dispondrá la colocación de carteles con una medición mínima de 1.00 m de alto x 1.50 m de ancho, en los espacios públicos como parques, paraderos, plazas, mercados, inmediaciones de centros educativos, u otros similares, con la siguiente leyenda:
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SE PROHIBE EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIO PÚBLICO
“SE ENCUENTRA PROHIBIDO REALIZAR COMPORTAMIENTOS FÍSICOS O VERBALES DE NATURALEZA O CONNOTACIÓN SEXUAL QUE AGRAVIEN A CUALQUIER PERSONA QUE SE ENCUENTRE Y/O TRANSITE POR ESTE DISTRITO”
ORDENANZA Nº 501-MSI
BAJO SANCIÓN DE MULTA
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La Ordenanza es de obligatorio cumplimiento para toda persona natural y jurídica de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, dentro del ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad de San Isidro.